top of page

Nueva Ley de Voluntariado de la Comunitat Valenciana: el momento de profesionalizar la gestión del voluntariado

  • Foto del escritor: Baladre
    Baladre
  • 2 jun
  • 5 min de lectura

La aprobación de la Ley 4/2025, de Voluntariado de la Comunitat Valenciana, supone una de las reformas más importantes para el tercer sector valenciano de las últimas décadas. No se trata simplemente de una actualización normativa, sino de un cambio profundo en la forma de entender, organizar y gestionar la acción voluntaria.

Durante más de veinte años, la Ley 4/2001 sirvió de marco para el desarrollo del voluntariado en la Comunitat Valenciana. Sin embargo, el crecimiento de las entidades sociales, la aparición de nuevas formas de participación ciudadana y la necesidad de garantizar una mayor calidad en la acción voluntaria hacían necesaria una reforma integral. La nueva ley responde a esta realidad y apuesta por un modelo más profesionalizado, planificado, transparente y orientado al impacto social.


Un cambio de modelo: de la buena voluntad a la gestión estratégica

La nueva normativa mantiene intactos los valores esenciales del voluntariado: solidaridad, participación ciudadana, compromiso social y contribución al interés general. Sin embargo, introduce una idea fundamental: la buena voluntad ya no es suficiente.

Las entidades deberán disponer de herramientas, procedimientos y sistemas que permitan garantizar una gestión adecuada de las personas voluntarias, una correcta planificación de los programas y una evaluación real de los resultados obtenidos.

En otras palabras, el voluntariado deja de entenderse únicamente como una actividad altruista para convertirse también en una actividad organizada, planificada y evaluable.


El Plan de Voluntariado: la gran novedad de la ley

Sin duda, la principal innovación de la Ley 4/2025 es la creación del Plan de Voluntariado, un documento que se convierte en el eje central de la gestión del voluntariado dentro de las entidades.

Hasta ahora muchas organizaciones desarrollaban programas de voluntariado sin una planificación formal estructurada. Con la nueva ley, todas las entidades deberán contar con un Plan de Voluntariado aprobado y vigente que contemple todo el ciclo de gestión del voluntariado.

Este plan deberá recoger, entre otros aspectos:

  • Los objetivos del voluntariado dentro de la entidad.

  • Los programas y proyectos en los que participan las personas voluntarias.

  • Los perfiles requeridos.

  • Los procesos de captación e incorporación.

  • Los derechos y deberes.

  • Los itinerarios formativos.

  • Los mecanismos de participación.

  • Los recursos disponibles.

  • Los sistemas de seguimiento y evaluación.

  • La gestión de gastos y compensaciones.

Además, el plan tendrá una vigencia máxima de cinco años y deberá ser visado por la Generalitat Valenciana. Este aspecto es especialmente importante porque el visado se convierte en un requisito imprescindible para acceder a subvenciones, ayudas públicas y convenios relacionados con el voluntariado.


La figura del coordinador o coordinadora de voluntariado será obligatoria

Otra de las grandes novedades es la obligación de designar formalmente una persona responsable de la coordinación del voluntariado.

Muchas entidades gestionaban hasta ahora estas funciones de forma compartida o informal. La nueva ley exige identificar una persona encargada de coordinar, acompañar y supervisar la acción voluntaria.

Entre sus funciones estarán:

  • Coordinar los programas de voluntariado.

  • Gestionar la incorporación de nuevas personas voluntarias.

  • Organizar la formación.

  • Mantener actualizada la documentación.

  • Realizar el seguimiento de la participación.

  • Facilitar la comunicación entre la entidad y las personas voluntarias.

Esta medida pretende mejorar la calidad de la gestión y garantizar una experiencia más satisfactoria para todas las partes implicadas.


Más obligaciones documentales para las entidades

La ley también incrementa los requisitos de organización interna y documentación.

Las entidades deberán disponer de un sistema documental que permita acreditar adecuadamente la gestión del voluntariado. Entre las obligaciones más relevantes destacan:

Acuerdos de incorporación

Toda persona voluntaria deberá formalizar su participación mediante un acuerdo escrito que incluya las funciones a desarrollar, la formación requerida, los derechos y deberes, las coberturas aseguradoras y los procedimientos de desvinculación.

Registro interno de voluntariado

Las entidades deberán mantener un registro actualizado que incluya:

  • Altas y bajas.

  • Acuerdos firmados.

  • Programas asignados.

  • Actividades realizadas.

  • Historial de participación.

Este registro será fundamental para acreditar la actividad voluntaria y justificar el cumplimiento de la normativa.


Formación obligatoria y reconocimiento de competencias

La formación adquiere un papel protagonista en la nueva regulación.

Las entidades deberán diseñar y mantener un plan o itinerario formativo adaptado a las características de sus programas y de las personas voluntarias. La formación deberá contemplar tanto aspectos iniciales como contenidos específicos y formación continua.

Asimismo, las organizaciones estarán obligadas a emitir certificados y acreditaciones de la formación recibida y de la actividad desarrollada.

Este reconocimiento permitirá poner en valor las competencias adquiridas mediante el voluntariado, facilitando su reconocimiento social y profesional.


Más protección para las personas voluntarias

La nueva ley refuerza las garantías de las personas voluntarias mediante la obligatoriedad de determinadas coberturas aseguradoras.

Las entidades deberán disponer de seguros que cubran:

  • Accidentes.

  • Responsabilidad civil.

  • Enfermedad relacionada con la actividad voluntaria.

La finalidad es proteger tanto a las personas voluntarias como a las propias entidades frente a posibles incidencias derivadas de la actividad desarrollada.


Participación activa en la vida de la entidad

Uno de los aspectos más innovadores de la reforma es el reconocimiento expreso del derecho de las personas voluntarias a participar en la gestión de la organización.

La ley reconoce su participación en:

  • El diseño de programas.

  • La ejecución de actividades.

  • Los procesos de evaluación.

  • La toma de decisiones relacionadas con el voluntariado.

Este enfoque favorece una participación más democrática y una mayor implicación de las personas voluntarias en la vida de las entidades.


Igualdad, diversidad y accesibilidad como principios transversales

La Ley 4/2025 incorpora de manera transversal principios que reflejan la realidad social actual.

La norma integra expresamente aspectos relacionados con:

  • Igualdad de oportunidades.

  • No discriminación.

  • Diversidad funcional.

  • Accesibilidad universal.

  • Orientación sexual e identidad de género.

  • Inclusión social.

Se trata de un enfoque mucho más inclusivo y alineado con los principios que inspiran las políticas sociales contemporáneas.


¿Qué deben hacer ahora las entidades?

La entrada en vigor de la ley obliga a muchas organizaciones a revisar su situación actual y adaptar sus sistemas de gestión.

Entre las actuaciones prioritarias destacan:

  1. Verificar la inscripción en el Registro de Entidades de Voluntariado.

  2. Elaborar o actualizar el Plan de Voluntariado.

  3. Solicitar el visado del plan.

  4. Designar formalmente una persona coordinadora de voluntariado.

  5. Revisar las pólizas de seguro.

  6. Actualizar los acuerdos de incorporación.

  7. Implantar un registro interno de personas voluntarias.

  8. Diseñar un plan formativo.

  9. Crear sistemas de seguimiento y evaluación de la acción voluntaria.


Una oportunidad para fortalecer el tercer sector valenciano

Aunque la nueva ley introduce nuevas obligaciones, también representa una oportunidad para fortalecer las entidades sociales, mejorar la calidad de los programas y aumentar el impacto de la acción voluntaria.

Las organizaciones que adapten sus sistemas de gestión no solo cumplirán con la normativa, sino que estarán mejor preparadas para acceder a financiación pública, atraer nuevas personas voluntarias y demostrar el valor social de su trabajo.

La Ley 4/2025 impulsa un nuevo modelo de voluntariado basado en tres pilares fundamentales: más calidad, más protección y más reconocimiento. Un modelo que pretende reforzar el papel del voluntariado como motor de transformación social y como elemento clave para construir una Comunitat Valenciana más participativa, inclusiva y solidaria.



 
 
 

Comentarios


© 2025 Baladre desarrollo e inversiones S.L. Aviso legal

bottom of page