top of page

La Autoridad de Protección del Informante activa el control: más supervisión y posible aumento de denuncias en empresas y pymes

  • Foto del escritor: Baladre
    Baladre
  • 24 feb
  • 3 Min. de lectura

España entra en una nueva fase en materia de cumplimiento normativo y protección del informante. La puesta en marcha operativa de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) no solo consolida el sistema externo de denuncias, sino que refuerza la supervisión sobre los canales internos obligatorios en miles de empresas.

Este movimiento marca un punto de inflexión: el sistema deja de estar en una fase transitoria y pasa a un escenario de control efectivo, con capacidad inspectora y sancionadora.


Un organismo que centraliza y supervisa las denuncias

La AIPI nace en desarrollo de la Ley 2/2023, que transpone la directiva europea de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas.

Sus funciones principales incluyen:

  • Gestionar el canal externo de denuncias.

  • Garantizar la confidencialidad y la protección frente a represalias.

  • Supervisar el correcto funcionamiento de los sistemas internos de información en las empresas obligadas.

  • Iniciar procedimientos sancionadores cuando detecte incumplimientos.

Con la activación de su sede electrónica y los mecanismos formales para comunicar la designación del Responsable del Sistema Interno de Información, la autoridad dispone ya de herramientas reales para verificar qué empresas cumplen y cuáles no.


Posible incremento de denuncias

La experiencia comparada en otros países europeos demuestra que la existencia de una autoridad independiente incrementa el número de comunicaciones formales de irregularidades.

Cuando el sistema ofrece:

  • Confidencialidad real

  • Protección frente a represalias

  • Un canal externo accesible

aumenta la confianza de trabajadores, proveedores y terceros para denunciar incumplimientos laborales, fiscales, ambientales, de seguridad o de integridad corporativa.

Esto significa que no solo crecerá la supervisión institucional, sino también el volumen potencial de denuncias que pueden afectar a negocios y pymes.


¿Qué empresas están obligadas?

La normativa exige implantar un sistema interno de información a:

  • Empresas con 50 o más trabajadores.

  • Entidades del sector público.

  • Organizaciones que operen en sectores especialmente regulados (financiero, prevención del blanqueo, medio ambiente, transporte, entre otros).

Estas empresas deben contar con:

  • Un canal interno accesible y seguro.

  • Posibilidad de denuncias anónimas.

  • Procedimientos claros de gestión y seguimiento.

  • Garantías de confidencialidad.

  • Un Responsable del Sistema debidamente designado y comunicado.

En el caso de grupos empresariales, el sistema puede estar centralizado, pero debe garantizar el cumplimiento individual de cada entidad.

Aunque autónomos y pequeñas empresas con menos de 50 trabajadores no estén obligados a implantar canal interno, sí pueden verse afectados por denuncias presentadas ante el canal externo de la autoridad.


No basta con un correo electrónico

Uno de los errores más habituales ha sido considerar que crear un buzón de correo o un formulario web es suficiente. La Ley 2/2023 exige un sistema estructurado, con trazabilidad, plazos, garantías procedimentales y protección efectiva del informante.

Un sistema mal diseñado puede considerarse incumplimiento, incluso aunque formalmente exista un canal.


Régimen sancionador: riesgo económico y reputacional

El régimen sancionador previsto es especialmente relevante:

  • Multas de hasta 1.000.000 de euros para personas jurídicas en caso de infracciones muy graves.

  • Sanciones económicas para administradores y directivos.

  • Posible prohibición de contratar con el sector público.

  • Publicidad de la sanción.

Entre las infracciones más graves se encuentran:

  • No disponer de canal cuando es obligatorio.

  • No garantizar la confidencialidad.

  • Obstaculizar denuncias.

  • No tramitar adecuadamente las comunicaciones.

  • Adoptar represalias contra informantes.

Con la autoridad plenamente operativa, la probabilidad de activación de estos mecanismos sancionadores aumenta.


Más que una obligación: una cuestión estratégica

Más allá del riesgo de multa, el canal de denuncias debe entenderse como una herramienta de gobernanza y gestión del riesgo.

Un sistema eficaz permite:

  • Detectar irregularidades de forma temprana.

  • Reducir responsabilidad penal corporativa.

  • Fortalecer la cultura ética.

  • Proteger la reputación empresarial.

  • Mejorar la confianza interna y externa.

En un entorno donde el compliance, la sostenibilidad y la transparencia son cada vez más determinantes, el canal de denuncias forma parte esencial del sistema de control interno.


Cómo podemos ayudarte desde Baladre

En Baladre Desarrollo acompañamos a empresas, pymes y entidades sociales en la adaptación a este nuevo escenario normativo.

Podemos ayudarte a:

  • Diseñar e implantar un canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023.

  • Elaborar el procedimiento interno completo (recepción, investigación, resolución y seguimiento).

  • Designar y definir correctamente el rol del Responsable del Sistema.

  • Integrar el canal dentro de tu modelo de compliance y prevención de riesgos penales.

  • Formar a equipos directivos y trabajadores para garantizar una cultura de cumplimiento real.

  • Realizar auditorías de revisión y adecuación del sistema ya implantado.

El nuevo marco regulatorio no debe afrontarse solo como una amenaza sancionadora, sino como una oportunidad para fortalecer la gobernanza y la sostenibilidad empresarial.

Si tu organización aún no ha revisado su sistema interno de información, este es el momento adecuado para hacerlo con rigor y seguridad jurídica.


 
 
 

Comentarios


© 2025 Baladre desarrollo e inversiones S.L. Aviso legal

bottom of page